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Los autónomos se han encontrado en desventaja en comparación a los trabajadores del Régimen General cuando hablamos de la situación que se produce al terminar la actividad laboral. Para que quede claro todo lo relacionado con el tema, vamos a dedicarnos a explicar los aspectos relacionados y a responder a tu pregunta, ¿los autónomos cobran paro?
Mientras los trabajadores que ya no contaban con su empleo tenían la posibilidad de cobrar el paro, las personas autónomas no tenían nada parecido en el caso de que su trabajo se viera afectado.
Debido a esta situación, los autónomos tienen ahora un sistema de protección. Esto les da más oportunidades de cubrir las situaciones en las que su labor no vaya bien.
¿Quieres conocer más del tema? Continuemos con los siguientes apartados entonces.
Si llega el momento, el autónomo contará con lo que es conocido como protección por cese de actividad. Igualmente, a este término se llama el paro de los autónomos popularmente.
Con este sistema, los trabajadores autónomos tienen la oportunidad de recibir una cifra determinada de ingresos que les ayude en estas situaciones.
Ahora seguiremos hablando de si los autónomos cobran paro o, ¿qué serían entonces estos ingresos?
El sistema del que hemos estado hablado es específico para los autónomos. Fue dispuesto en el texto refundido que se incluye en la Ley General de la Seguridad Social. También aprobado por el Real Decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Todo esto regula el sistema ya comentado de protección por cese de actividad con el que cuentan los autónomos.
Como has podido ver, los autónomos cobran paro, aunque ese no sea el término correcto. Dentro de esa retribución no se recibe únicamente la prestación mensual, también cuentan con acciones formativas que les otorgue más posibilidades de su reinserción laboral.
Cuando se da el caso, las acciones formativas son gestionadas por las Comunidades Autónomas. Su objetivo es el dicho anteriormente, introducir a los trabajadores nuevamente al mercado laboral.
Si has llegado hasta aquí, debes saber que se necesitan una serie de condiciones específicas para que se considere el cese de actividad de un autónomo.
Ya sabemos que los autónomos cobran paro bajo otro término pero, ¿cuándo pueden hacerlo?
Estas condiciones han sido marcadas por ley. Algunas son referidas a la situación después de acabar la actividad, otras señalan requisitos de las condiciones laborales en las que se ha trabajado.
Las condiciones que han de cumplirse para poder tener derecho a la prestación por cese de actividad son:
Cada trabajador autónomo puede cobrar una cantidad diferente por el cese de actividad. La cantidad a percibir depende, al igual que los trabajadores del Régimen General, de las cotizaciones realizadas mensualmente a la Seguridad Social.
Por lo que, cuanto mayor sea la base de cotización y las cuotas pagadas cada mes, mayores serán los ingresos a obtener cuando se dé el cese de la actividad del trabajador autónomo.
Eso es un problema si cotizas por la base mínima si eres autónomo, ya que la prestación recibida por desempleo será también la mínima establecida.
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